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IVA a los servicios: ¿Qué servicios comenzarán a pagar el impuesto en 2023?

Dentro de los servicios que comenzarán a pagar IVA se encuentran algunas actividades de producción audiovisual, servicios informáticos, servicios veterinarios, entre otros.

Sofía Gallardo |

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A partir del 1 de enero de 2023 algunos servicios que antes no estaban afectados por el IVA, ahora deberán comenzar a pagarlo. Con el objetivo de ayudar a financiar la Pensión Garantizada Universal (PGU), la cual irá en beneficio de millones de chilenos.

Los servicios profesionales remunerados que hasta ahora no pagaban el gravamen estarán sometidos a la carga fiscal del 19%.

Por ejemplo, entre los servicios que actualmente no pagan IVA pero que sí tendrán que hacerlo cuando comience el próximo año están algunas actividades y rentas de la industria, del comercio, de la minería y de la explotación de riquezas del mar y otras actividades extractivas.

También las compañías aéreas, de seguros, financieras, bancos, administradoras de fondos, sociedades de inversión y otras como actividades de construcción, periodísticas, publicitarias, medios de comunicación, datos y telecomunicaciones, solo por nombrar algunos.

Quedarán exentos, eso sí, el transporte de pasajeros (urbano, interurbano, interprovincial y rural); servicios ligados a la Educación (colegios, jardines, universidades, entre otros), los servicio de salud ambulatoria (consultas médicas, odontológicas, psicólogos, psiquiatras, kinesiólogos, imagenología, entre otros) y otros servicios que ya estaban exentos como las entradas a espectáculos y el arrendamiento de inmuebles no amoblados.

Los cambios no aplicarán para quienes emiten boletas de honorarios por sus servicios como persona natural, precisó el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Polémicas en torno a la normativa

La entrada en vigencia de esta nueva normativa no ha caído muy bien en algunos sectores. El problema está justamente en los alcances de la exención que beneficiaría a las sociedades de profesionales, generando una discriminación arbitraria por parte del SII.

"Dependiendo de la forma legal en la que te estructures van a permitir quedar gravados o liberados de IVA", señaló Soledad Recabarren, vicepresidenta del Colegio de Abogados a El Mercurio.

Asimismo, Loreto Pelegrí, tax partner de PwC, dijo que "se va a producir una suerte de arbitraje. No hay equidad horizontal porque ante el mismo hecho económico, vamos a tener situaciones impositivas distintas, se rompe la equidad horizontal".

Puedes revisar la información completa de la normativa pinchando aquí.

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