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Proyecto reformas constitucionales: Quórum de 4/7 para ya es oficial

El proyecto presentado por la senadora Ximena Rincón, que baja el quórum para reformas constitucionales ya es oficial.

Carlos Sepúlveda |

Senado

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Estamos a 12 días del Plebiscito de Salida, y justamente hoy se publicó en el Diario Oficial la reforma constitucional en la que, se cambia el quórum para realizar cambios en el texto. Ahora se necesitará sólo 4/7 de los parlamentarios en ejercicio para realizar reformas a la Constitución actual.

Cabe destacar que este proyecto fue presentado por la senadora Ximena Rincón, quien fue secundada por sus pares Pedro Araya, Iván Flores y Matías Walker. El proyecto busca ser la carta que permita realizar cambios asumiendo que gana el Rechazo en el Plebiscito.

¿Qué significa esto?

Como consignó ADN, hasta antes de esta modificación existían dos tipos de quórums. Primeramente, las leyes interpretativas, que necesitaban un quórum de 3/5 de los senadores y diputados en ejercicio para ser reformadas. Por otro lado, se exige un quórum de 2/3 (equivalente a 103 diputados y 33 senadores) para las materias conocidas como “sensibles”. En algunos casos estos requieren de referéndum. De todas formas, ambos casos se conocen como “supramayoritarios”.

Lo publicado en el Diario Oficial, significa que ahora el quórum es de 4/7. Este se alcanza con 89 diputados y 29 senadores. De esa forma, el proyecto de quórum de 4/7 sustituye la expresión que indica el inciso segundo del artículo 127, que hablaba de 3/5.

“El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado en cada Cámara el voto conforme de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio", señala el texto.

Por su parte, el artículo 128 también recibió modificaciones. Ahora dice: “Si el Presidente observare parcialmente un proyecto de reforma aprobado por ambas Cámaras, las observaciones se entenderán aprobadas con el voto conforme de las cuatro séptimas partes de los miembros en ejercicio de cada Cámara y se devolverá al Presidente para su promulgación".

Finalmente, también se modifica la Disposición Decimotercera Transitoria. “Las modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios que digan relación con el número de senadores y diputados, las circunscripciones y distritos existentes, y el sistema electoral vigente, requerirán del voto conforme de las cuatro séptimas de los diputados y senadores en ejercicio”.

 

 

 

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