Quienes tengan pensado hacer las compras de la semana, visitar un centro comercial o realizar algún trámite en una tienda este domingo 1 de noviembre no necesariamente tendrán que cambiar sus planes. Aunque en Chile se conmemora el Día de Todos los Santos, los supermercados y malls están autorizados para atender público durante la jornada.
La explicación está en una diferencia que suele generar confusión cada vez que aparece un feriado en el calendario: no todos los días festivos son irrenunciables para los trabajadores del comercio. Y el 1 de noviembre pertenece precisamente al grupo de fechas en que la legislación no establece un cierre general obligatorio.
¿Qué supermercados y centros comerciales podrán abrir?
La normativa permite que supermercados, malls y otros locales comerciales funcionen durante el feriado de Todos los Santos. Eso sí, la autorización para abrir no significa que todos los establecimientos atenderán en el mismo horario.
Cada empresa podrá establecer sus horarios de funcionamiento, por lo que una sucursal podría tener una programación diferente a la habitual. Por esta razón, antes de dirigirse a un supermercado o centro comercial, conviene consultar sus canales oficiales.
Las páginas web y redes sociales de cada establecimiento son las vías recomendadas para revisar la información de atención correspondiente a la jornada.
Los cinco feriados en que rigen restricciones especiales para el comercio
Para entender por qué el 1 de noviembre permite la apertura de tiendas, hay que revisar lo que establece la Ley 19.973. Esta normativa contempla cinco feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, sujetos a las excepciones legales correspondientes.
Las fechas son:
- 1 de enero: Año Nuevo.
- 1 de mayo: Día del Trabajador.
- 18 de septiembre: Independencia Nacional.
- 19 de septiembre: Día de las Glorias del Ejército.
- 25 de diciembre: Navidad.
Como el Día de Todos los Santos no forma parte de esta lista, no se aplican las mismas restricciones generales de funcionamiento que en aquellas jornadas. En otras palabras, que el 1 de noviembre sea feriado no implica que los centros comerciales deban permanecer cerrados.
¿Los trabajadores del comercio deben cumplir sus turnos?
La posibilidad de abrir durante un feriado también depende de las disposiciones que regulan las jornadas laborales. El artículo 38 del Código del Trabajo establece excepciones al descanso dominical y festivo para determinadas actividades.
Por ello, algunos trabajadores pueden tener que cumplir sus turnos este domingo, siempre dentro de las condiciones contempladas por la legislación. Esto no significa que todos los trabajadores del comercio estén obligados a desempeñar funciones durante la fecha.
La situación dependerá de la actividad y del régimen laboral aplicable. Para los consumidores, la información principal es que no existe una prohibición general de apertura de malls y supermercados este 1 de noviembre.
La recomendación es sencilla: verificar el horario de la sucursal que se desea visitar antes de salir, especialmente si se planea realizar compras durante el feriado.
Sigue a Concierto.cl en Google Discover
Recibe nuestros contenidos directamente en tu feed.
Seguir en Google