Una fuerte confusión comenzó a circular durante los últimos días en grupos ligados al mundo inmobiliario y jurídico. El rumor apuntaba a que la nueva ley de notarías habría dejado sin validez la firma electrónica en Chile. Sin embargo, especialistas aseguran que eso es falso.
La interpretación errónea surgió tras la entrada en vigencia de la Ley N° 21.772, normativa que comenzó a regir en abril y que busca modernizar el sistema registral y notarial chileno. Lejos de restringir herramientas digitales, la legislación apunta justamente en sentido contrario.
La firma electrónica sigue siendo válida
Según explica Christian Rodiek, fundador de FirmaVirtual, la nueva normativa refuerza explícitamente el uso de firma electrónica avanzada dentro de múltiples procesos notariales. “La entrada en vigencia de la Ley N° 21.772 constituye un hito clave en la modernización del sistema registral y notarial chileno”, sostiene.
Y agrega que “lejos de restringir el uso de herramientas digitales, la norma avanza precisamente en la dirección contraria: promueve, reconoce y exige el uso de firma electrónica avanzada en el quehacer notarial”. Parte importante de la confusión se origina en una diferencia legal que muchas personas mezclan: no es lo mismo la firma manuscrita tradicional que la firma electrónica avanzada.
Qué cambia realmente con la nueva ley
La normativa mantiene ciertas exigencias presenciales para documentos firmados físicamente en papel, como la utilización de huella dactilar frente a notario. Pero eso no afecta al sistema digital regulado bajo la Ley N° 19.799, vigente hace más de veinte años en Chile.
En ese contexto, Rodiek recalca que la equivalencia jurídica entre la firma electrónica avanzada y la firma manuscrita continúa plenamente reconocida por la legislación chilena y la jurisprudencia. Por eso, contratos de arriendo, mandatos, declaraciones juradas o finiquitos firmados electrónicamente siguen teniendo validez legal.
El sector inmobiliario encendió las alarmas
La desinformación impactó especialmente en el mundo inmobiliario, donde la certeza jurídica resulta fundamental para operaciones y contratos cotidianos. “La afirmación de que los documentos firmados electrónicamente habrían perdido validez no solo es errónea, sino jurídicamente insostenible”, enfatiza el fundador de FirmaVirtual.
Eso sí, existen trámites específicos que siguen requiriendo comparecencia presencial ante notario. Uno de ellos es la compraventa de bienes raíces mediante escritura pública, proceso que no cambia bajo esta nueva normativa.
El riesgo de la desinformación legal
Especialistas advierten que compartir interpretaciones incorrectas sobre reformas legales puede generar consecuencias importantes para usuarios y empresas. Desde retrasos en decisiones comerciales hasta incertidumbre jurídica innecesaria.
Por lo mismo, recomiendan revisar siempre fuentes oficiales como la Biblioteca del Congreso Nacional o comunicados emitidos por organismos públicos antes de asumir cambios legales que podrían afectar operaciones relevantes.
En paralelo, la nueva legislación aparece como otro paso dentro del proceso de digitalización y modernización del sistema notarial chileno, especialmente en un escenario donde cada vez más trámites migran hacia plataformas electrónicas.
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