Los conductores de la Región Metropolitana de Santiago deben prepararse para la entrada en vigor de la restricción vehicular 2025, una medida anual implementada con el objetivo principal de disminuir la contaminación ambiental durante los meses de invierno.
Esta normativa, organizada conjuntamente por los ministerios de Medio Ambiente y de Transportes y Telecomunicaciones, regulará la circulación de vehículos motorizados en función de su antigüedad, el tipo de sello verde que posean y el último dígito de su patente.
¿Cuándo empieza la restricción vehicular 2025?
La restricción vehicular de este año comenzará el 1 de mayo de 2025 y se extenderá hasta el 31 de agosto.
Su aplicación se realizará de lunes a viernes, entre las 07:00 y las 21:00 horas, exceptuando los días festivos que puedan ocurrir dentro de este periodo.
Desde el año 2023, la zona de restricción abarca todo el anillo de Américo Vespucio, incluyendo la provincia de Santiago, Puente Alto y San Bernardo.
Esta iniciativa forma parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC), cuyo fin primordial es mitigar los efectos perjudiciales de la contaminación en la salud de la población.
La restricción vehicular 2025 comienza el 1 de mayo | Agencia Uno
¿Qué vehículos estarán afectados por la restricción vehicular 2025?
La restricción aplicará a los siguientes tipos de vehículos:
- Autos sin sello verde: Automóviles, station wagons y motocicletas fabricados antes de 2002.
- Vehículos de carga y transporte de pasajeros sin sello verde: Considerados altamente contaminantes.
- Autos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011: A pesar de tener convertidor catalítico, su antigüedad implica más emisiones.
- Motocicletas inscritas antes del 1 de septiembre de 2010: Modelos más antiguos registrados.
Además, el área de aplicación incluye todo el anillo de Américo Vespucio, la provincia de Santiago, Puente Alto y San Bernardo, en el marco del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC).
¿Quiénes están exentos y cuáles son las multas actualizadas?
Algunos vehículos podrán circular sin restricción, entre ellos:
- Vehículos de emergencia (Carabineros, Bomberos, ambulancias).
- Autos de personas con discapacidad.
- Vehículos destinados al transporte de pacientes crónicos.
- Transporte público y escolar.
- Vehículos eléctricos e híbridos.
- Camiones de recolección de basura.
- Vehículos de prensa equipados para transmisiones en vivo.
- Autos con patente diplomática.
El incumplimiento de esta normativa puede generar multas que van de 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.648 y $102.972, según el valor estimado de la Unidad Tributaria Mensual para mayo de 2025.
Para evitar sanciones, se recomienda consultar el calendario actualizado del MTT y utilizar herramientas como el Planificador de Viajes y la aplicación Transporte Informa.