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Plebiscito Constitucional 2023: ¿A qué hora se termina la Ley Seca este domingo 17 de diciembre?

La conocida Ley Seca entra en rigor antes, durante y después de las votaciones. Conoce todos los detalles acá.

A Que Hora Termina La Ley Seca En Chile
Agencia Uno

Hoy se está llevando a cabo el Plebiscito Constitucional de Salida 2023. En esta jornada se rechazará o aprobará la nueva propuesta constitucional hecha por el Consejo Constitucional (votación popular) y la Comisión Experta.

Como siempre, para las elecciones entra en rigor la conocida "Ley Seca", que prohibe la venta de alcohol antes y durante la votación. Acá te contamos a qué hora termina y a qué tipo de comercio afecta.

Puedes revisar acá los resultados a medida que el Servel los vaya dando.

¿A qué hora termina la Ley Seca?

El artículo 116 de la Ley 18.700, más conocido como la "Ley Seca", al igual que en todas las votaciones también entrará en vigencia en esta ocasión. En concreto, esta ley establece los horarios de prohibición en que los establecimientos comerciales puedan vender bebidas alcohólicas.

“El día de la elección o plebiscito, entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos”, señala el texto.

Esto quiere decir que a partir de las 05:00 horas del domingo 17 de diciembre hasta dos horas después de finalizado el recuento, no se podrá comprar alcohol. Normalmente el recuento termino alrededor de las 20:00 horas, por lo que cerca de las 22:00 horas se levantaría la Ley Seca.

Cabe destacar que la medida aplica tanto para supermercados, botillerías, locales comerciales y restaurantes.

Por otro lado, este domingo 17 de diciembre las votaciones son de carácter obligatorio. Quienes no acudan a votar se arriesgan a multas y sanciones que podrían superar los $190 mil. Solamente existe cuatro formas de excusarse para no votar:

  • Estar a más de 200 kilómetros de distancia del domicilio electoral correspondiente.
  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.


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