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Cuándo son los próximos feriados en Chile: ¿Serán irrenunciables?

En lo que resta de 2022, en Chile habrá cuatro feriados más, de los cuales uno caerá lunes. Revisa aquí cuáles son.

Edecio Brito Adrián |

Calendario Feriado

Calendario Feriado

Quedan pocos días para que finalice octubre, mes que culminará con fin de semana extra largo por el feriado del Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes y el Día de Todos los Santos.

Ahora, muchos se preguntan cuántos feriados quedan en el calendario 2022 y cuáles son jornadas irrenunciables. La buena noticia es que los chilenos podrán disfrutar de algunos días libres más, incluso, un par de fines de semana largo.

¿Qué feriados quedan en Chile, según el calendario 2022?

De acuerdo al calendario de feriados en Chile, habrá cuatro días libres más para descansar.

De estos últimos, uno cae un lunes, por lo que automáticamente configura un nuevo fin de semana largo que aumentará las jornadas de descanso en nuestro país.

Además, existen feriados específicos dirigidos solo a un grupo de personas o una región, según consigna la web feriados.cl El último de este año es del sábado, 31 de diciembre, que será Feriado Bancario. Este es para los Trabajadores de Instituciones Bancarias.

Y ya para el año que viene, el lunes 2 de enero de 2023 será un feriado irrenunciable en Chile. Esto es gracias a la Ley 20.983, ingresada el 17 de octubre del 2012 al Congreso, que indica que cuando el día 1 de enero recaiga en un día domingo, el lunes siguiente también será feriado.

Próximo feriado: ¿Será irrenunciable?

Según el calendario de días feriados 2022, el próximo fin de semana largo en Chile será el de este 29, 30 y 31 de octubre del 2022, por el feriado del Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.

Adicionalmente, el martes 1 de noviembre se conmemora el Día de Todos los Santos. De esta manera, tendremos un fin de semana de cuatro días. Estas jornadas no serán irrenunciables, según la ley.

Pero, ¿qué es un feriado irrenunciable? Es aquel día en que debido a una festividad o fecha conmemorativa nacional o internacional, un trabajador del comercio no puede ejercer sus labores por ningún motivo, recoge radio ADN.

Lo anterior aplica siempre, ni siquiera, aunque con su empleador lo establezcan de común acuerdo. No obstante, hay excepciones, las que según la Dirección del Trabajo, involucra a ciertos servicios.

Estas distinciones aplicar a ciertos locales comerciales como cines, restaurantes, bencineras, transporte y otras más.

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