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¿Cómo saber si soy vocal de mesa para las elecciones presidenciales de julio?

Vocales De Mesa Primarias
Agencia Uno

El próximo 18 de julio son las elecciones primarias presidenciales. Y como todo proceso de elecciones se lleva a cabo gracias a la agente, el Servicio Electoral ya publicó la nómina de quienes deben ejercer de vocal de mesa en estas votaciones.

Esta transcendental votación se llevará a cabo  en todas las regiones del país. Serán 6 los candidatos que buscarán un cupo para la papeleta de la elección presidencial.

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Estos se organizaron dentro de dos pactos, la lista Chile Vamos (UDI, Renovación Nacional, Evópoli) y Apruebo Dignidad (Partido Comunista y Frente Amplio).

¿Cómo saber si fui seleccionado como vocal de mesa?

El Servel ha habilitado su sitio web para que la ciudadanía revise si salieron seleccionados con el deber cívico de ser vocales de mesas.

Asimismo, este trámite es muy sencillo y para comprobar tu situación solo debes ingresar al sitio web del Servel y presionar sobre el banner que dice “Consulta de Datos Electorales”.

Luego solo debes ingresar tu RUT, sin puntos y con guión. Ahí te aparecerán todos tus datos electorales, y si fuiste seleccionado como vocal.

El pago para quienes deban cumplir esta labor será de 2 a 3 UF, es decir, cerca de 60 mil pesos chilenos.

¿Cómo excusarme y evitar multas?

Aquellos designados como vocal de mesa tienen hasta el jueves 1 de julio para presentar sus excusas ante las Juntas Electorales.

Los motivos válidos para no cumplir con esta labor, contemplados en el artículo 49 de la Ley 18.700, son los siguientes:

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Estar la persona comprendida entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designada miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

En tanto, quienes no concurran a desempeñar su labor arriesgan una infracción electoral; la cual es sancionada con una multa a beneficio municipal, que va de 2 a 8 UTM (aproximadamente entre $79.500 y $318.000).


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