Desde este domingo 26 de abril, la jornada laboral en Chile dio un nuevo giro.
La reducción a 42 horas semanales ya está en marcha y, aunque suena simple, en la práctica abre varias dudas, y también oportunidades, para trabajadores y empresas.
Se trata de la segunda etapa de la Ley 21.561, conocida como Ley de 40 Horas, que avanza de forma gradual. Primero bajó de 45 a 44 horas en 2024.
Ahora recorta dos horas más. Y sí, el siguiente paso ya tiene fecha, abril de 2028 marcará el fin del proceso con una jornada de 40 horas obligatorias.
Pero más allá del número, lo relevante es cómo se aplica. Ahí es donde empiezan los matices.
Cómo se reducen las horas
La rebaja no es simbólica ni flexible a conveniencia del empleador. La Dirección del Trabajo exige que sea real y efectiva, lo que en simple significa. Menos tiempo trabajando, sin trucos.
La ley prioriza el acuerdo entre trabajador y empresa. Por ejemplo, pueden pactar salir antes ciertos días o reorganizar la semana. Sin embargo, si no hay acuerdo, la norma es estricta:
- No pueden dividir la rebaja en minutos pequeños cada día.
- Deben aplicar la reducción completa al final de la jornada.
En la práctica:
- Si trabajas 5 días, deberías salir una hora antes en dos jornadas.
- Si trabajas 6 días, se distribuye en recortes de 50 y 20 minutos.
Este detalle se volvió tendencia porque muchos trabajadores comenzaron a cuestionar prácticas que, derechamente, no cumplen la norma.
Menos horas, pero el mismo sueldo
La ley lo deja claro y el Ministerio del Trabajo lo refuerza. Si trabajas menos horas por esta normativa, debes recibir la misma remuneración. Cualquier ajuste a la baja se considera una vulneración de derechos laborales.
Además, las horas extra siguen vigentes, pero con reglas claras:
- Se pagan con un 50% adicional.
- También pueden transformarse en días de descanso extra (hasta 5 al año), si ambas partes lo acuerdan por escrito.
Otro punto que suele generar confusión. La colación no cambia. Sigue siendo de al menos 30 minutos y no cuenta dentro de la jornada laboral.
Quiénes quedan fuera (y qué pasa si no cumplen)
No todos entran en este cambio. La reducción a 42 horas no aplica a:
- Trabajadores a honorarios
- Funcionarios públicos
- Personal a contrata
Esto se debe a que se rigen por estatutos distintos al Código del Trabajo.
Ahora bien, si una empresa no cumple, no queda impune. La Dirección del Trabajo puede aplicar multas y ya habilitó canales de denuncia, lo que también ha impulsado el interés online por consultas laborales.
El punto que abre el debate: empresas que ya avanzan a 40 horas
Aunque el calendario fija 2028 como meta, algunas empresas ya decidieron adelantarse. Incluso han implementado esquemas como el modelo 4x3 (cuatro días de trabajo y tres de descanso).
Esto instala una discusión más amplia. Productividad versus calidad de vida. Y en ese escenario, Chile empieza a alinearse con tendencias internacionales donde el tiempo libre gana protagonismo.
