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Elecciones Presidenciales 2025: ¿Se puede votar con el carnet vencido?

Para poder sufragar en esta segunda vuelta presidencial, los electores pueden presentar únicamente ciertos documentos

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Agencia Uno

Este domingo 14 de diciembre, miles de personas ya han llegado a sus locales para participar en la segunda vuelta de las Elecciones Presidenciales 2025, cumpliendo con su deber cívico.

Sin embargo, aún hay electores que mantienen una duda clave antes de salir de casa: ¿qué pasa si mi carnet de identidad está vencido?

Documentos válidos para votar

Según lo informado por el Servicio Electoral (Servel), sí es posible votar con documentos vencidos, siempre que no superen los 12 meses desde su fecha de expiración. En este caso, los documentos válidos deben haber vencido después del 16 de noviembre de 2024.

Esto busca facilitar la participación electoral y evitar que personas habilitadas queden fuera del proceso por demoras en la renovación de su identificación.

¿Con qué documentos puedo ir a votar?

Para poder sufragar en esta segunda vuelta presidencial, los electores pueden presentar únicamente los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad física, vigente o vencida dentro del plazo permitido (12 meses).

  • Pasaporte, vigente o vencido dentro del mismo plazo.

Ambos documentos deben ser presentados en formato físico y permitir la correcta identificación del elector.

Documentos que NO son aceptados

Es importante tener claro que existen documentos que no sirven para votar, incluso si contienen datos personales. Entre ellos se encuentran:

  • Licencia de conducir.

  • Comprobante o constancia de trámite de renovación de la cédula.

  • Pase escolar.

  • Fotocopias, imágenes digitales o fotos en el celular.

  • Cualquier otro certificado alternativo.

Si el elector se presenta solo con alguno de estos documentos, no podrá emitir su voto.

Multas por no votar

Recordemos que en esta elección el voto es obligatorio. Quienes no asistan a sufragar y no justifiquen su ausencia ante el Juzgado de Policía Local correspondiente, se exponen a multas que van entre 0,5 y 1,5 UTM, lo que equivale aproximadamente a $34.771 y $104.313 pesos.

Toda la información oficial y actualizada está disponible en el sitio web del Servel.


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