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Elecciones 2025 en Chile: ¿Hay Ley Seca este domingo 14 de diciembre?

Chile se prepara para el balotaje entre José Antonio Kast y Jeannette Jara este domingo 14 de diciembre. Revisa si habrá Ley Seca y cómo funcionará el comercio.

Edecio Brito Adrián |

Ley Seca

Este domingo 14 de diciembre, el país elegirá a su próximo Presidente entre José Antonio Kast y Jeannette Jara.

Como en cada proceso electoral, los votantes buscan claridad sobre la aplicación de la Ley Seca, el funcionamiento del comercio y las obligaciones vinculadas al voto obligatorio.

Ley Seca: qué dice la normativa para este balotaje

Las elecciones de este año seguirán el criterio establecido en 2024, cuando el Congreso aprobó la reforma que eliminó la prohibición de venta de alcohol durante los comicios.

Desde entonces, la Ley Seca dejó de aplicarse en cualquier elección posterior, por lo que este domingo sí se podrá vender y consumir bebidas alcohólicas con normalidad.

Antes de la modificación legal, la antigua norma impedía la venta de alcohol desde las 05:00 horas del día de la elección hasta dos horas después del cierre de mesas, con excepción de los hoteles que atendieran a huéspedes. Esa disposición ya no rige para ningún proceso electoral.

La jornada electoral será feriado obligatorio e irrenunciable para una parte del comercio | Getty Images

Comercio: qué abre y qué debe cerrar el domingo

El día del balotaje será feriado obligatorio e irrenunciable para quienes trabajen en:

Estos recintos deberán cerrar durante toda la jornada y los trabajadores no estarán obligados a asistir.

En paralelo, el resto del comercio podrá operar con normalidad, siempre que no se ubique dentro de estos recintos. Esto incluye supermercados, restaurantes, almacenes, farmacias, peluquerías, discotecas y locales independientes.

La ley también exige que los trabajadores que deban cumplir turnos ese día reciban al menos tres horas para votar, sin descuentos de remuneración ni sanciones.

Multas por no votar: cuánto deberán pagar quienes se ausenten

El voto es obligatorio y quienes no concurran a las urnas deberán justificar su ausencia. De lo contrario, se exponen a una multa de 0,5 a 1,5 UTM, equivalentes aproximadamente a $35.000 - $104.000.

La normativa contempla excepciones por enfermedad, ausencia del país o situaciones que acrediten un impedimento, pero todas deben presentarse ante el Juzgado de Policía Local correspondiente.

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