
La semana pasada un ingeniero comercial denunció que la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD) le hizo pagar los derechos por escuchar música en su minimarket.
El suceso causó gran revuelo sobre si estuvo bien o no aplicada la multa, ya que muchos consideraban esta medida arbitraria. Sin embargo, la institución aseguró que el pago es necesario para compensar y reconocer el trabajo de los artistas por sar públicamente sus obras.
Para conversar sobre este caso y la Ley de Propiedad Intelectual, el músico y abogado experto en propiedad intelectual, Felipe Schuster, habló junto a Marco Silva y María Elena Dressel en Nada Es Tan Grave.
Ley de Propiedad Intelectual
Felipe Schuster explicó que la multa estaba bien aplicada en este caso, ya que "la lógica detrás es que estoy escuchando música en un lugar abierto, musicalizando un negocio y eso tiene un valor".
Para poder hacer uso de esta música, "requiere una autorización del uso musical, una licencia que entrega la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales".
En cuanto a las fiscalizaciones, Schuster señaló que "hay unos inspectores que pasean por la ciudad y buscan establecimientos donde se estén musicalizando".
La forma correcta de hacer uso de la música es "pagando una cuenta mensual como si fuera luz o agua y depende de los metros cuadrados. Por esa licencia tienes derecho a musicalizar el lugar con la música que tú quieras".
Además, explicó que sobre las ganancias, estas se reparten entre la SCD y el artista. "En la institucion se queda con un máximo de un 30%, pero entiendo que la SCD retiene nucho menos de eso, el resto va hacia el músico", explicó.