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En cuotas y sin pagar impuestos: Así será el pago del 10% de las AFP

La comisión de Constitución de la Cámara resolvió los detalles del proyecto del retiro del 10% de las pensiones para ser votado en la sala.

Bruno Morales |

Pago AFP 10%

Durante la Jornada del Jueves, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó en particular el contenido del proyecto del retiro del 10% de los fondos de las AFP para ser aprobado ahora en particular en la cámara.

 

En esta discusión se definieron los detalles de cómo será el pago de estos fondos una vez aprobada la ley.

¿Cómo quedó el proyecto?

El retiro de los fondos tendrá topes mínimos y máximos. El mínimo para retirar es de 35 UF (cerca de 1 millón de pesos) y el tope máximo es de 150 UF (4 millones 300 mil pesos).

Si el 10% de los fondos del afiliado es menor a 35 UF, la persona podrá retirar hasta esa cifra. En cambio si el total de los fondos acumulados son inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar todos los fondos acumulados.

Además, se aprobó la indicación de que estos dineros "no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal", por lo que no tendrán que pagar impuestos, y las Administradoras de los fondos no podrán realizar descuentos a estos montos.

Los dineros serán pagados en dos cuotas: El primer 50% en máximo 10 días hábiles de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenezcas. La otra mitad será en máximo 30 días hábiles desde el primer retiro.

Lee también: Hasta desmayos hubo: Diputado se desvaneció en plena discusión por el 10% de las AFP

Además, para restituir el dinero, el proyecto propone crear un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, que se financiará con aportes de empleadores y del Estado. Este fondo buscará financiar progresivamente los complementos de pensiones que se necesiten en virtud de los retiros desde las cuentas.

Para tales efectos, la iniciativa solicita al Presidente de la República enviar un proyecto de ley al Congreso Nacional, en el plazo de un año desde publicada la ley, que proponga la forma y el financiamiento del fondo colectivo, el que se propone sea administrado por una entidad pública y autónoma.

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